Luego del control obligatorio del TC.
Promulgan proyecto de ley de voto voluntario e inscripción automática.
En días pasados, se promulgó como ley de la República, la iniciativa del Ejecutivo que moderniza el sistema electoral, hace efectivo el mandato constitucional de voto voluntario y regula la inscripción automática en los registros electorales. Esto luego, de que el Tribunal Constitucional (TC) ejerciera el control obligatorio de constitucionalidad. (Véase relacionado) En este sentido,…

En días pasados, se promulgó como ley de la República, la iniciativa del Ejecutivo que moderniza el sistema electoral, hace efectivo el mandato constitucional de voto voluntario y regula la inscripción automática en los registros electorales. Esto luego, de que el Tribunal Constitucional (TC) ejerciera el control obligatorio de constitucionalidad. (Véase relacionado)
En este sentido, aproximadamente 4 millones de nuevos electores chilenos y extranjeros que acrediten su residencia en Chile, que tengan 18 años y que puedan sufragar, tendrán la posibilidad de participar en las próximas elecciones municipales a realizarse el 28 de octubre del presente año, sin necesidad de concurrir a una oficina del SERVEL para inscribirse. Las personas que ya se encuentran inscritas mantendrán sus lugares de votación, “mientras que los nuevos votantes serán asignados a una mesa perteneciente a la circunscripción electoral en la que se encuentra su último domicilio entregado al Registro Civil o Extranjería”. En el caso de los extranjeros, interesados en votar, deberán presentar una solicitud en cualquier oficina del SERVEL, acreditando su avecindamiento en nuestro país y declarando bajo juramento su domicilio electoral.
Cabe destacar, que continuando con la idea de terminar con las diferencias de sexo, “los nuevos electores hombres serán inscritos en los cupos disponibles en las mesas actuales de mujeres, al igual que las mujeres que se suman al Padrón irán a completar las actuales mesas de varones. En las circunscripciones que falten mesas de votación, se crearán nuevas y de carácter mixto”. Con el objeto, de que los electores tomen conocimiento certero de su lugar de votación, se espera que durante los meses de mayo y junio, reciban una carta certificada “con información sobre su lugar de votación, suspensión o inhabilidad para votar o cambio de domicilio, lo que podrán revisar en forma permanente en el sitio web del Servicio Electoral. En caso que el votante se haya cambiado de domicilio y desee cambiar su lugar de votación, deberá informar personalmente en su respectiva junta inscriptora su nueva dirección residencial”.
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