Diario Constitucional

Ley N° 20.285.

Requerimiento de inaplicabilidad que impugnó normas sobre acceso a la información pública se rechazó por el Tribunal Constitucional al haberse agotado la gestión pendiente.

La Corte Suprema rechazó el recurso de queja interpuesto por AFP Provida que se oponía a la entrega de información específica sobre comisiones pagadas a terceros como administradoras de fondos mutuos o de inversión que estima de contenido técnico, comercial y financiero.

Por Redacción·31 de octubre de 2022·5 min de lectura
Norma que tipifica el delito de negociación incompatible se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Magistratura Constitucional desestimó el requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugnaba los artículos 5, inciso segundo, y 10, inciso segundo, de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.

Los preceptos legales que se solicitó declarar inaplicables establecen:

“Asimismo, es pública la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, a menos que esté sujeta a las excepciones señaladas”. (Artículo 5, inciso segundo).

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