Igualdad ante la ley y debido proceso.
Solicitan inaplicabilidad de norma de Auto Acordado de la Corte Suprema que autoriza realizar remates de inmuebles por videoconferencia.
Este tipo de actuaciones de videoconferencia, agravarían los problemas que se producen en la subasta de un bien raíz, por la colusión de los postores, que resulta incontrolable a través de la interconexión.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la parte dispositiva del Auto Acordado N°13 de la Corte Suprema de fecha 11 de enero del 2021.
Específicamente, el precepto impugnado establece, en lo pertinente, que podrán realizarse “remates judiciales de bienes inmuebles, ante tribunales, mediante el uso de video conferencia”.
La gestión pendiente incide en un juicio ejecutivo seguido ante el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de San Felipe, en el que se fijó fecha de remate de un departamento de un conjunto habitacional mediante videoconferencia a través de la plataforma “Zoom”.
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Admisible.
TC se pronunciará sobre el fondo de la impugnación efectuada por empresa en contra de norma que le impide apelar resolución que la obliga a pagar indemnización a extrabajador con recargo del 50%.

Con suspensión.
Inaplicabilidad presentada por Municipalidad que impugna norma que le obliga a pagar cotizaciones previsionales devengadas después de 5 años de desvinculación de trabajadora, se admite a trámite.

Se tiene por no presentado.
TC no admitió a trámite inaplicabilidad que impugnaba norma del Código Procesal Penal que permite solamente al Ministerio Público recurrir el auto de apertura.

