Diario Constitucional

Segunda Sala.

Solicitan se declare inaplicable norma del COT que prohíbe la invalidación y enmienda de una sentencia definitiva que habría sido dictada con infracción de ley.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de queja, seguido ante la Corte Suprema.

Por Redacción·15 de julio de 2020·2 min de lectura
Solicitan se declare inaplicable norma del COT que prohíbe la invalidación y enmienda de una sentencia definitiva que habría sido dictada con infracción de ley.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 97, inciso segundo, del Código Orgánico de Tribunales.

El precepto impugnado establece en lo que atañe al recurso, que “Las sentencias que dicte la Corte Suprema al fallar los recursos de casación de fondo y forma, de nulidad en materia penal, de queja, de protección y de amparo, así como la revisión de sentencias firmes, no son susceptibles de recurso alguno, salvo el de aclaración, rectificación y enmienda que establece el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil. Toda solicitud de reposición o reconsideración de las resoluciones a que se refiere este artículo será inadmisible y rechazada de plano por el Presidente de la Corte, salvo si se pide la reposición a que se refieren los artículos 778, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil”.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de queja, seguido ante la Corte Suprema, en los que el máximo Tribunal le impuso a la requirente una condena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio efectivos como autor de homicidio calificado en carácter de reiterado.

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