Discriminación arbitraria.
TC acogió inaplicabilidad de normas del CPC que restringiría causales de casación en la forma que incide en reclamación tributaria.
El fallo explica que la ausencia de un recurso anulatorio efectivo, en casos complejos o relevantes, arriesga dejar indemnes infracciones que son graves a la luz de la Constitución.

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad que impugna el artículo 768, inciso segundo del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente incide en autos de reclamo tributario, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos contra la resolución de la Corte de Santiago en que confirmó la sentencia del Tercer Tribunal Tributaria y Aduanera de Santiago en que se rechazó el reclamo tributario deducido por la requirente.
Cabe recordar que, la requirente estimó que los preceptos impugnados vulnerarían, en primer lugar, el debido proceso, por cuanto prohíbe casar en la forma la sentencia definitiva que falta al deber de motivación de las decisiones adoptadas, cuando ésta ha sido dictada en un procedimiento instruido por una ley especial. Así, la norma deja a todo aquel que se encuentre en esta posición, en la más absoluta e injustificada indefensión respecto de la causal invocada para casar en la forma, como asimismo le priva de su derecho al recurso en los términos contemplados en el Convención Americana de Derechos Humanos. En consecuencia, la inconstitucionalidad radica en que, si bien la norma establece el recurso, no autoriza la impugnación de las sentencias que carecen de motivación de los hechos del pleito.
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