Censura.
Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró inconstitucional ley que prohíbe enseñanza sobre cuestiones de género.
El máximo Tribunal brasileño adujo que esta ley municipal contradice uno de los objetivos fundamentales de la República Federativa de Brasil, toda vez que viola el principio de que todos son iguales ante la ley.

El Supremo Tribunal Federal (STF) declaró inconstitucional la Ley 1.516 / 2015 de la Municipalidad de Novo Gama (GO), que prohíbe el uso de material didáctico en las escuelas públicas municipales, que contiene lo que llama "ideología de género".
Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil sostuvo que corresponde a la Unión emitir normas que aborden los planes de estudio, el programa de estudios, la metodología de enseñanza o cómo ejercer la actividad docente. Asimismo, se citó que la jurisprudencia del STF reconoce la competencia privada de la Unión para emitir normas generales sobre educación y la competencia competitiva de los estados para complementar la legislación federal.
En este sentido, la Magistratura brasileña adujo que la eventual necesidad de complementar la legislación federal, con miras a regular los intereses locales (artículo 30, ítems I y II, de la Constitución), no justifica la prohibición de contenido pedagógico que no corresponde a las pautas establecidas en la Ley de Pautas y Bases de Educación Nacional (LDB – Ley 9.394 / 1996).
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