Primera sala.
TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre ejecución forzada en proceso concursal que incidirían en caso en que se pretenden rematar pertenencias mineras.
La gestión pendiente incide en autos sobre quiebra, seguidos ante el 9° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 235 regla 3° y 488, ambos del Código de Procedimiento Civil. Normas que regulan el cumplimiento de las sentencias, específicamente, aquellos que se refieren al pago de una suma de dinero y cuyos fondos se encuentren retenidos.
La gestión pendiente incide en autos sobre quiebra, seguidos ante el 9° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, actualmente conocida por la Corte Suprema vía recursos de casación en el fondo y en la forma.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados.
Temas
Te puede interesar

Segunda sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que incidirían en caso por cohecho a funcionario de embajada coreana en Chile.

Descargue manual de uso.
TC comienza la tramitación electrónica de causas.

Segunda sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que impide aplicar pena sustitutiva en proceso por porte ilegal de armas.

