Diario Constitucional

Derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

TC admite a trámite inaplicabilidad solicitada por Municipalidad de Ancud que impugna norma de Ley sobre bases generales del medio ambiente, en causa en la que Unidad Vecinal busca impedir que se ejecute relleno sanitario mientras dure la pandemia.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Por Redacción·15 de octubre de 2020·2 min de lectura
Norma que restringe la procedencia del recurso de apelación en procedimientos ante Juzgados de Policía Local, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 8º, inciso primero, de la Ley Nº 19.300.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento de reclamación de ilegalidad, seguido ante el Tercer Tribunal Ambiental, en los que una Unidad Vecinal intenta impedir que siga ejecutándose la operación transitoria del relleno sanitario “Puntra – El Roble”, por el tiempo de la Alerta Sanitaria y el Covid -19.

Al efecto, cabe recordar que la Municipalidad requirente estima que el precepto impugnado infringiría el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, toda vez que la posible paralización de la operación transitoria del relleno sanitario “Puntra – El Roble”, como resultado de aplicar el inciso primero del artículo 8° de la Ley N° 19.300, en la gestión judicial pendiente, pone en grave riesgo la vida e integridad física de las personas que habitan la comuna de Ancud y la Provincia de Chiloé, por cuanto la disposición final de los residuos domiciliarios se vería obstaculizada, propiciando la acumulación de basura en la vía pública. Asimismo, considera infringido el artículo 19 N° 8 de la Carta Fundamental, por cuanto, la paralización del funcionamiento transitorio del relleno sanitario provocará que los residuos domiciliarios se acumulen en la vía pública sin recibir un tratamiento para su disposición final, lo que se contrapone abiertamente al derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación. Finalmente, aduce que se conculca el derecho a la protección de la salud, pues la paralización del funcionamiento transitorio del relleno sanitario “Puntra – El Roble” que conlleva, provocará que los residuos domiciliarios se acumulen en la vía pública sin recibir un tratamiento para su disposición final, provocando una grave crisis sanitaria en la comuna de Ancud y la Provincia de Chiloé, en un contexto especialmente complejo, producto de la pandemia COVID-19.

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