Control obligatorio.
TC deberá pronunciarse respecto de constitucionalidad de proyecto que capitaliza y moderniza TVN.
Entre otras materias, la iniciativa perfecciona la gobernanza de la empresa, estableciendo nuevos requisitos y perfiles para sus directores.

El Senado remitió al TC el proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.132, que crea la Empresa de Televisión Nacional de Chile (Boletín N° 6.191-19).
Cabe señalar que el proyecto de ley, iniciado en mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto dotar a TVN de una gobernanza más dinámica, con un Directorio de excelencia; del reconocimiento de su misión pública y de una estructura corporativa idónea para su crecimiento; además del capital necesario para su digitalización y reestructuración con la creación de una señal cultural. Por lo anterior, establece que TVN deberá velar por la efectiva realización de su misión pública, la que se expresa en la promoción y difusión de los valores democráticos, los derechos humanos, la cultura, la educación, la participación ciudadana, la identidad nacional y las identidades regionales o locales, la multiculturalidad, el respeto y cuidado del medio ambiente, la tolerancia y la diversidad. Asimismo, reafirma el carácter de empresa pública de TVN, lo que se manifiesta, entre otras cosas, en la obligación que se le impone de desarrollar un instrumento de planificación quinquenal, el que deberá ser aprobado por su Directorio, denominado “Compromiso para el cumplimiento de la Misión Pública”, en el que se contendrán las orientaciones de programación del canal, basado en un principio de realismo y responsabilidad financiera.
También, la iniciativa perfecciona la gobernanza de la empresa, estableciendo nuevos requisitos y perfiles para sus directores, quienes deberán ser profesionales experimentados ya sea en altos cargos de administración, pública o privada, y con una clara formación en el ámbito de la cultura, educación o las comunicaciones, a la vez que fija la inhabilidades e incompatibilidades para ejercer el cargo, y les impone el deber de abstenerse de participar y votar cuando se traten materias o asuntos en que puedan encontrarse implicados o respecto de los cuales mantengan algún interés. Además, impone a TVN la obligación de destinar una de sus señales televisivas, en forma abierta y gratuita, a la transmisión de contenidos educativos, culturales, tecnológicos, científicos e infantiles, estableciéndose que esta señal deberá contar con un presupuesto separado de las demás operaciones de la empresa, para lo cual se permite considerar en las Leyes de Presupuestos del Sector Público aportes o transferencias a TVN, con el solo objeto de implementar, mantener o desarrollar el funcionamiento de la transmisión de la señal educativa.
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Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que establecen presunción de legalidad y ejecutoriedad inmediata de los actos administrativos.

Plazo para subsanar.
TC no admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código de Procedimiento Penal que incidirían en proceso por violaciones a los DDHH.

Con disidencia.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma que establece intereses penales moratorios relativos a deudas tributarias.

