Diario Constitucional

Primera sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre regularización de la posesión de pequeña propiedad raíz.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

Por Redacción·16 de octubre de 2015·2 min de lectura
TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre regularización de la posesión de pequeña propiedad raíz.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucional, los artículos 15 y 16 del D.L. 2.695, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.

La primera de las normas impugnadas establece, en esencia, que la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de la resolución del Servicio de Vivienda y Urbanismo que acoja una solicitud de poseedores materiales de bienes raíces, otorgará la calidad de poseedor regular del respectivo inmueble y, transcurrido un año, la de dueño del mismo.

Por su parte, el artículo 16 dispone, en lo grueso, que como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 15, “prescribirán las acciones emanadas de los derechos reales de dominio, usufructo, uso o habitación, servidumbres activas y el de hipotecas relativos al inmueble inscrito de acuerdo con la presente ley”.

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