Control obligatorio.
TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto de ley que establece el Sistema Red Integral de Protección Social.
Corresponde al Pleno del TC pronunciarse en control obligatorio sobre el proyecto de ley sometido a su conocimiento.

El Tribunal Constitucional ejercerá un control de constitucionalidad respecto del proyecto de ley que establece el Sistema Red Integral de Protección Social, correspondiente al Boletín N° 12.661-31.
El control referido le corresponde a la Magistratura constitucional, en virtud de que según lo dispuesto en el N° 1° del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política de la República, corresponde a ese Tribunal ejercer el control de constitucionalidad respecto de los artículos 4 y 5 del proyecto de ley.
La iniciativa busca crear un sistema denominado «Red Integral de Protección Social», , que consiste en un modelo de gestión intersectorial, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, cuyo propósito es coordinar intersectorialmente la oferta programática existente relacionada a eventos adversos que podrían conducir a personas, grupos o familias a una situación de vulnerabilidad, en los términos regulados en la ley N° 20.530, entregar información clara, oportuna y personalizada sobre la misma, y simplificar el acceso a ésta.
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