Segunda Sala.
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma relativa a la suspensión condicional en proceso penal.
La gestión pendiente incide en autos criminales que conoce el Juzgado de Garantía de Viña del Mar.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 239 del Código Procesal Penal.
La disposición legal en cuestión, dispone: “Cuando el imputado incumpliere, sin justificación, grave o reiteradamente las condiciones impuestas, o fuere objeto de una nueva formalización de la investigación por hechos distintos, el juez, a petición del fiscal o la víctima, revocará la suspensión condicional del procedimiento, y éste continuará de acuerdo a las reglas generales.
Será apelable la resolución que se dictare en conformidad al inciso precedente”.
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