Con voto en contra.
TC declara admisible inaplicabilidad que impugna norma del CPP y del Código Penal en causa sobre magnicidio de Eduardo Frei Montalva.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto de los artículos 408, N° 5, del Código de Procedimiento Penal; y 93, N°1, del Código Penal.
El primer precepto impugnado establece, en síntesis, que el sobreseimiento definitivo se decretará cuando se haya extinguido la responsabilidad penal del procesado por alguno de los motivos establecidos en los números 1°, 3°, 5° y 6° del artículo 93 del mismo Código. Por su parte, la segunda disposición recurrida indica que “La responsabilidad penal se extingue por la muerte del responsable, siempre en cuanto a las penas personales, y respecto de las pecuniarias sólo cuando a su fallecimiento no se hubiere dictado sentencia ejecutoriada.
La gestión pendiente incide en autos sobre recursos de casación en la forma y apelación, seguido ante la Corte de Santiago, en los que el requirente fue condenado por el asesinato al expresidente Eduardo Frei Montalva.
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Unanimidad.
TC deberá conocer respecto del fondo de inaplicabilidad presentada por empresa Acuícola que impugna normas de Ley sobre Acceso a la Información Pública, que obligaron a SERNAPESCA a entregar información a un particular.

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