Arista Soquimich.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas sobre diligencias de investigación.
La gestión pendiente invocada incide en autos criminales sustanciados ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 180, 205, 212 y el inciso segundo del artículo 217, todos del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente invocada incide en autos criminales sustanciados ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago.
En su resolución, adujo en esencia la Magistratura Constitucional que, de la lectura del libelo se desprende que lo planteado en el requerimiento es una cuestión de interpretación y armonización de distintas normas de rango legal, propia de la órbita de los jueces del fondo, y no una cuestión de constitucionalidad de aquellas que deba resolver este Tribunal. En efecto, el conflicto pretendido se formula sobre la base de la relación existente entre la querella criminal del Servicio de Impuestos Internos y las facultades investigativas del Ministerio Público para requerir la entrega de información e incautar documentos, todo ello en relación a la preceptiva impugnada y a la normativa pertinente del Código Tributario, para determinar su sentido y alcance a efectos de establecer la legalidad o ilegalidad de actuaciones específicas de la investigación.
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