Diario Constitucional

Primera Sala.

TC declaró inadmisible requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente al no dirigirse en contra de un precepto legal y plantear una cuestión de mera legalidad.

Lo anterior, por cuanto sería la aplicación de aquel acto administrativo, dictado en cumplimiento del mandato legal contenido en la Ley Nº 19.300 -entre otros, en su artículo 25 impugnado-, el que directamente podría derivar en una eventual infracción de las garantías constitucionales invocadas al regular las condiciones o exigencias específicas o concretas que, para poder ejecutarse, debe cumplir el proyecto sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por parte de Aguas Andinas S.A.

Por Redacción·24 de julio de 2009·1 min de lectura
TC declaró inadmisible requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente al no dirigirse en contra de un precepto legal y plantear una cuestión de mera legalidad.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicabilidad por inconstitucional el artículo 25 de la Ley Nº 19.300 –sobre Bases Generales del Medio Ambiente- en un recurso de protección interpuesto por Aguas Andinas S.A. en contra de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, por la dictación de una Resolución Exenta que califica ambientalmente un proyecto.

El TC concluye que el requerimiento no contiene una impugnación cuyo objeto sea la declaración de inaplicabilidad de un precepto de jerarquía legal, cuya aplicación en la gestión pendiente resulte contraria a la Carta Fundamental, sino que se dirige en contra de una resolución de calificación ambiental dictada por el órgano competente, respecto de un proyecto presentado por la actora.

Lo anterior, por cuanto sería la aplicación de aquel acto administrativo, dictado en cumplimiento del mandato legal contenido en la Ley Nº 19.300 -entre otros, en su artículo 25 impugnado-, el que directamente podría derivar en una eventual infracción de las garantías constitucionales invocadas al regular las condiciones o exigencias específicas o concretas que, para poder ejecutarse, debe cumplir el proyecto sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por parte de Aguas Andinas S.A.

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