Diario Constitucional

Falta de fundamento plausible.

TC declaró inadmisibles inaplicabilidades que impugnaban precepto que permite aplicar normas de auditoría de general aceptación en procedimientos sancionatorios de la CMF a empresas de auditoría externa.

Las gestiones pendientes inciden en dos recursos de apelación de reclamo de ilegalidad, de que conoce la Corte Suprema.

Por Redacción·15 de mayo de 2019·2 min de lectura
TC declaró inadmisibles inaplicabilidades que impugnaban precepto que permite aplicar normas de auditoría de general aceptación en procedimientos sancionatorios de la CMF a empresas de auditoría externa.
Referencial

El TC declaró inadmisibles dos requerimientos de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 246 de la Ley de Mercado de Valores.

El precepto impugnado señala: “A las empresas de auditoría externa les corresponde especialmente examinar y expresar su opinión profesional e independiente sobre la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros conforme a las Normas de Auditoría de General Aceptación y las instrucciones que imparta la Superintendencia, en su caso”.

Las gestiones pendientes inciden en dos recursos de apelación de reclamo de ilegalidad, de que conoce la Corte Suprema, en los que se impugnaron las sanciones que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) impuso a EY Servicios Profesionales de Auditorías y Asesorías SpA y su socio del área Assurance por infracciones a las Normas de Auditoría de General Aceptación en el proceso de auditoría realizado a Liberty Compañía de Seguros Generales S.A.

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