Ponce Lerou.
TC escuchó alegatos en inaplicabilidad que impugna norma conforme a la cual la SVS impuso millonaria multa. Se denuncia vulneración al debido proceso.
Se espera en los próximos meses se dé a conocer la sentencia del Tribunal que sellará la suerte de esta impugnación.

En audiencia celebrada ayer el Pleno del Tribunal Constitucional escuchó los alegatos de fondo en el requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por Julio Ponce Lerou respecto del inciso primero del artículo 29 del D.L. N° 3.538, de 1980, Ley Orgánica de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Cabe recordar que el requirente estima que el precepto legal impugnado es contrario a lo dispuesto en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política, toda vez que no define criterios, parámetros ni contiene principio alguno que permita determinar la cuantía específica de la multa aplicable al caso concreto que otorgue una base cierta y verificable, ex ante, que permita prever con precisión la multa a que el infractor se expone en caso de vulnerar la normativa.
Actualmente la gestión pendiente –suspendida en su tramitación por la Magistrutura Constitucional- se encuentra radicada en la Corte de Apelaciones que está llama a resolver el recurso de apelación interpuesto por Julio Ponce en contra de la sentencia dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago que rechazó la reclamación que aquél habia deducido impugnando la multa que le impuso la SVS en denominado caso “Cascadas” por U$ 70 millones.
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