Diario Constitucional

Se pospone acuerdo.

TC llevo a cabo vista de causa de inaplicabilidad que impugna norma que establece el derecho a reclamar la filiación respecto de padres muertos, respecto de causa en que hija no matrimonial también ha fallecido.

En atención a lo dispuesto en el artículo 20 de la LOCTC, en relación con el artículo 82 del COT, el Pleno de Ministros pospuso la adopción del acuerdo.

Por Redacción·23 de octubre de 2020·2 min de lectura
Norma que limita las excepciones que pueden oponer las Sociedades de Garantía Recíproca en la ejecución de deudas que constan en certificados de fianza, no produce efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
Referencial

En audiencia celebrada ante el Pleno del Tribunal Constitucional se escucharon alegatos de fondo respecto de un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 5° transitorio, inciso tercero, de la Ley N° 19.585, que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de apelación, seguidos ante la Corte de Valparaíso, contra la sentencia del Juzgado de Familia de Villa Alemana que rechazó la demanda de reclamación de maternidad, en la que se solicitaba que se declarara la calidad de hija (muerta) no matrimonial respecto de madre fallecida.

Sólo se anunció para alegar, por la demandante en la gestión pendiente, la Abogada Sol Moya Lizana.

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