Primera sala.
TC no acoge a trámite requerimiento de inaplicabilidad de norma de la Ley General de Bancos para resolver sobre su admisibilidad.
"La objeción constitucional que se formula está centrada en la parte de la norma cuestionada que se refiere a las reglas que ha de seguir el tribunal en que se sustancia la gestión pendiente para determinar el mínimo del remate que ha de ser considerado en el procedimiento de ejecución de una deuda hipotecaria.."

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el inciso cuarto del artículo 104 de la Ley General de Bancos, en un proceso especial hipotecario seguido ante un Juzgado de Letras de La Serena. El TC resolvió no acoger a tramitación el requerimiento, luego de lograr convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, siendo impertinente –señala-, que ésta sea acogida a tramitación para resolver luego sobre su admisibilidad. Lo anterior porque la objeción constitucional que se formula está centrada en la parte de la norma cuestionada que se refiere a las reglas que ha de seguir el tribunal en que se sustancia la gestión pendiente para determinar el mínimo del remate que ha de ser considerado en el procedimiento de ejecución de una deuda hipotecaria, pero si se considera el estado de tramitación de la gestión invocada se verifica que la disposición legal cuestionada, al haber sido ya aplicada en la fase procesal pertinente, no resultará decisiva en la resolución del asunto que se halla pendiente de resolver por los tribunales del fondo, incumpliéndose una de las exigencias de admisibilidad de esta clase de requerimientos, señala el fallo. El Ministro Fernández Fredes y el Suplente de Ministro Suárez, consideran que además se verifica la causal prevista en el numeral 2º del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, ya que el precepto legal -por el mismo vicio que se invoca en estos autos fue declarado conforme a la Constitución por sentencia Rol N° 1217 dictada en sede de un requerimiento de inaplicabilidad.
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