Se tiene por no presentado.
TC no admite a trámite inaplicabilidad contra norma que restringe excepciones en juicio ejecutivo laboral.
No se acompañó el certificado dentro de plazo.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional no admitió a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el artículo 470, inciso primero, del Código del Trabajo.
El precepto impugnado señala: “La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción”.
La gestión pendiente incide en un proceso laboral seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago que rechazó una excepción de pago cuya sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que se impugnó a través de sendos recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema.
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