Diario Constitucional

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TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma de Ley del Tránsito referida a suspensión de licencia de conducir por acumulación de infracciones.

La gestión pendiente invocada incide en un proceso por acumulación de infracciones seguido ante el Primer Juzgado de Policía Local de Valparaíso.

Por Redacción·29 de noviembre de 2013·9 min de lectura
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma de Ley del Tránsito referida a suspensión de licencia de conducir por acumulación de infracciones.
Referencial

El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 207 letra a) del Decreto con Fuerza de Ley N° 1-2009, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que fijó el texto refundido y sistematizado de la Ley del Tránsito.

La gestión pendiente invocada incide en un proceso por acumulación de infracciones seguido ante el Primer Juzgado de Policía Local de Valparaíso.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional adujo, en torno al tratamiento de la licencia de conducir, que, en primer lugar, una de las manifestaciones de la libertad ambulatoria consagrada constitucionalmente es el derecho a transitar y movilizarse, mediante vehículos motorizados, por las vías públicas. Tratándose de una libertad constitucional, “resulta normal que deba ser desarrollada y concretados sus contenidos mediante regulación legal, la cual puede establecer “condiciones o requisitos para su ejercicio”, debiendo respetar en todo caso el contenido esencial de esta libertad” (STC Rol N° 1888, considerando 15°).

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