En forma unánime.
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma sobre tributación de plantaciones forestales.
La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 5º transitorio de la Ley Nº 19.561, que modifica el Decreto Ley Nº 701 de 1974, sobre Fomento Forestal.
La gestión pendiente incide en los autos sobre recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.
En su sentencia, y en cuanto a una supuesta infracción al principio de legalidad tributaria, sostiene la Magistratura Constitucional que, tratándose de una disposición cuyo preciso objeto es determinar la eficacia en el tiempo de otras normas, no imponiendo ella misma tributos, es que no quepa a su respecto impugnarla por no fijar ella misma el hecho gravado, la base imponible, el sujeto obligado y la tasa o cuantía a pagar, como lo hace el requirente. Atendida la naturaleza de la disposición, que no tiene por finalidad instituir la relación obligatoria tributaria que vincula al contribuyente con el Estado, tal reproche planteado, por simple lógica, debe ser desestimado, pues aquellos elementos que el requirente estima ausentes trascienden de la norma impugnada. Lo anterior constituye un motivo suficiente para el rechazo del requerimiento, en esta parte.
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