Pleno adoptó acuerdo por unanimidad.
TC resolvió que es inadmisible requerimiento patrocinado por diputados de todos los partidos que se oponen a la modificación del Reglamento de la Cámara de Diputados que propone autorizar sesiones en Santiago.
En contra de esa decisión se recurre al TC para que declare inconstitucional lo resuelto por el Presidente de la Cámara de Diputados y se impida la tramitación en esa Corporación de la moción que propone modificar su reglamento.

El Presidente de la Cámara de Diputados declaró admisible el proyecto que modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados, con el objeto de permitir que las sesiones de Sala y de Comisiones puedan celebrarse en la ciudad de Santiago y otros lugares que se indica.
En contra de esa decisión se recurre al TC para que declare inconstitucional lo resuelto por el Presidente de la Cámara de Diputados y se impida la tramitación en esa Corporación de la moción que propone modificar su reglamento.
Señalan los requirentes que el Reglamento de la Cámara de Diputados dispone que sus normas sólo pueden reformarse “con las formalidades que rigen, dentro de la Cámara, para la tramitación de un proyecto de ley”, por lo que resultaría aplicable –afirman- la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que contempla las normas básicas acerca de la tramitación de un proyecto de ley que establece la obligación del Presidente de la Cámara respectiva de dar cuenta en sesión de sala de todo proyecto en forma previa a su estudio por cualquier órgano de la Corporación, pero que prohibe dar cuenta de mociones que se refieran a materias que, de acuerdo a la Carta Fundamental, deben tener su origen en la otra Cámara o iniciarse exclusivamente por mensaje del Presidente de la República.
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