Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas del Código de Aguas.
La gestión pendiente incide en el recurso de reclamación conocido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 129 bis 4, 129 bis 5, 129 bis 6 y 129 bis 9, todos del Código de Aguas.
La gestión pendiente incide en el recurso de reclamación conocido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados.
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