Diario Constitucional

Con suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que impiden conceder orden de no innovar en juicios de arrendamiento y limitan casación en la forma en juicios especiales.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió ?traslado a las demás partes de la gestión invocada, por el término de diez días?.

Por Redacción·16 de febrero de 2018·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que impiden conceder orden de no innovar en juicios de arrendamiento y limitan casación en la forma en juicios especiales.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el número 9°, parte final, del artículo 8° de la Ley N° 18.101 y el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.

La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de arrendamiento, seguidos ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago mediante recurso de apelación y casación en la forma, en los se presentó una solicitud de término del contrato de arrendamiento en contra de la requirente.

La requirente estima que los preceptos impugnados vulneran el debido proceso, pues se restringe e impide el ejercicio de derechos procesales, como lo son el recurso y la casación en la forma.

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