Diario Constitucional

Manejo en estado de ebriedad.

TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley Emilia para determinar penas que transgredirían debido proceso.

La gestión pendiente invocada recae en un proceso seguido ante el Juzgado de Garantía de San Antonio.

Por Redacción·13 de diciembre de 2016·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley Emilia para determinar penas que transgredirían debido proceso.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 196 bis números 2 y 5, y el artículo 196 ter, ambos de la ley N°18.290 de Tránsito. Ambos preceptos fueron incorporados en virtud de la llamada “ley Emilia”.

La gestión pendiente invocada recae en un proceso seguido ante el Juzgado de Garantía de San Antonio por el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad con resultado de muerte.

La Segunda Sala del TC declaró admisible el requerimiento, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC.

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