Diario Constitucional

Con prevención.

TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre manejo en estado de ebriedad y no prestar ayuda.

La gestión pendiente incide en los autos penales seguidos ante el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, por los delitos de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte y el delito de no detenerse ni prestar ayuda.

Por Redacción·09 de noviembre de 2015·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre manejo en estado de ebriedad y no prestar ayuda.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 195, 196 bis y 196 ter de la Ley Nº 18.290, modificada por la Ley N° 20.770, denominada Ley Emilia

La gestión pendiente incide en los autos penales seguidos ante el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, por los delitos de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte y el delito de no detenerse ni prestar ayuda.

La Segunda Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC.

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