Diario Constitucional

Debido Proceso.

Tres empresas solicitan se declare inaplicable norma que restringiría impugnación de ciertas resoluciones del Tribunal de Libre Competencia.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de hecho, seguido ante la Corte Suprema.

Por Redacción·27 de octubre de 2020·1 min de lectura
Norma que limita excepciones que pueden oponerse al cumplimiento incidental de una sentencia, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 31, inciso final, del Decreto Ley N° 211, que fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

El precepto impugnado establece, en síntesis, que las resoluciones de término, que fijen o no condiciones, serán impugnables mediante un recurso de reclamación para ante la Corte Suprema.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de hecho, seguido ante la Corte Suprema, en los que las tres empresas requirentes dedujeron dicho recurso en contra de una resolución dictada por el Tribunal de Libre Competencia.

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