Repetición de juicio.
TS de España anuló juicio oral por abuso sexual y ordenó su repetición porque no declaró la víctima.
El máximo Tribunal español acogió el recurso del acusado al considerar que la decisión de la Audiencia Provincial de Alicante le generó indefensión.

El Tribunal Supremo de España anuló el juicio oral y la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante que condenó a dos años y medio de cárcel a un hombre por un delito de abuso sexual a un niño saharaui a quién acogió en su casa de Alicante en un programa de vacaciones, y ordenó a dicha Audiencia repetir el juicio con una composición distinta de los magistrados. El motivo de la nulidad fue la insuficiente justificación que ofreció el tribunal al rechazar como prueba la declaración del menor en el juicio, solicitada por la defensa del acusado, teniendo en cuenta que su testimonio era la única prueba de cargo de la acusación.
El máximo Tribunal español acogió el recurso del acusado al considerar que la decisión de la Audiencia Provincial de Alicante le generó indefensión. El Tribunal Supremo ibérico citó un conjunto de elementos que muestran que la limitación del espacio de defensa, al rechazar la declaración de la víctima, careció de su debido soporte, empezando porque no hubo ninguna petición de protección al menor, siendo emitida de oficio la decisión denegatoria de la prueba, que además había sido inicialmente admitida.
De otro lado, señaló el máximo Tribunal de España, que la demora en la tramitación de la causa llevó a que el menor, al momento en que hubo de prestar su declaración en el plenario, contaba ya con una madurez susceptible de modificar sensiblemente la debilidad psicológica que pudiera haberse apreciado cuando los hechos tuvieron lugar (en el año 2014), habiendo pasado de los 13 años de edad entonces, a los 17 años en el momento del juicio.
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