Diario Constitucional

Tránsito en propiedad privada

Vecino de Puerto Montt debe permitir el libre tránsito por camino privado y retirar portón eléctrico que impide el paso de otros particulares a sus predios.

Por Redacción·13 de enero de 2024

La Corte de Puerto Montt ordenó al recurrido abstenerse de bloquear el libre tránsito de los recurrentes hacia sus parcelas, sin perjuicio de las acciones que en derecho le corresponden, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada, al estimar la existencia de vías de hecho para imponer justicia por mano propia, y no utilizar las acciones que la ley reconoce al recurrido.

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Comentarios (5)

  1. Cvc

    siempre actuando penca las cortes, qe onda los jueces?? eligen a los con peor criterio para dirimir???

    1. Hugo Morales Diaz

      he visto que en distintas cortes de apelaciones se restituye el estsdo de derecho, menos en Talca, dondd la corte raya en la falta de etiva e imparcialidad, dos recursos por el cierre de un camino vecinal de uso publico, el que tiene cervidimbre de paso irrestricta y perpetua, tengo a demas una unidad economica Un Vivero, tambien la constitucion indica el derecho de desarrollar una actividad sin restriccion, es tan evidente l la falta de criterio de los jueces que un cliente que me quiera comprar solo lo puede hacer si me llama por telefono. son un asco no hay justicia son casi una mafia

  2. Mary

    hasta cuando permiten que cierren el camino de servidumbre donde circulan las personas que viven en esos lugares ojala se cumpla con la respuesta de los tribunales

  3. Kilocampo

    Bien por la corte y el fallo emitido, el imperio de la ley debe cumplirse.

  4. Ruperto Aguilar T

    Típico latifundista que se cree dueño de las tierras y más encima sinvergüenza al usar parte del portón que habían puesto los vecinos .Típico facho prepotente.

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