Por falta de quórum.
Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados rechazó idea de legislar para establecer que no procede la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de normas de tratados internacionales.
La moción, patrocinada por los diputados Aguiló, Burgos, Cornejo, Harboe, Montes, Rincón, Saffirio, Vallespín, Venegas y Walker, buscaba modificar el artículo 47 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional para impedir que pueda declararse inaplicable, en una gestión pendiente, una norma de un tratado internacional, lo que ha había sido aceptado por el TC…

La moción, patrocinada por los diputados Aguiló, Burgos, Cornejo, Harboe, Montes, Rincón, Saffirio, Vallespín, Venegas y Walker, buscaba modificar el artículo 47 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional para impedir que pueda declararse inaplicable, en una gestión pendiente, una norma de un tratado internacional, lo que ha había sido aceptado por el TC luego de que declarara inconstitucionales determinadas normas del proyecto de ley que modificó su ley orgánica-que se aprobaría como Ley Nº 20.381 (D.O., 28 octubre 2009)- por la sentencia Rol Nº 1288, de 25 de agosto de 2009.
Exponen los parlamentarios que la reforma constitucional de 2005 le otorgó al TC la facultad de efectuar el control de constitucionalidad, con carácter preventivo y obligatorio, respecto de las normas de un tratado internacional que versen sobre materias propias de leyes orgánicas constitucionales, pero que no sería procedente que declare inaplicables normas de un tratado que, en cuanto "precepto legal", puedan resultar contrarias a la Constitución en su aplicación “en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial".
Consideran que los efectos de la declaratoria de inaplicabilidad por inconstitucionalidad son incompatibles con el artículo 27 de la Convención de Viena de 1969 – sobre Derecho de los Tratados- según el cual el estado parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado.
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