Noticias

Maltrato animal.

Corte Constitucional Colombiana determinó que corridas de toro y peleas de gallo son actividades que no atentan contra la Constitución. Fallo establece limitaciones para su desarrollo.

La Corte Constitucional colombiana rechazó un requerimiento que buscaba prohibir las corridas de toros y las peleas de gallos.Aunque consideró que en esas actividades hay maltrato para los animales y que, por tanto, «deben irse eliminando con el tiempo», dejo a salvo esos espectáculos, pero con algunas restricciones.La Corte constató que las actividades incluidas en […]

3 de septiembre de 2010

La Corte Constitucional colombiana rechazó un requerimiento que buscaba prohibir las corridas de toros y las peleas de gallos.
Aunque consideró que en esas actividades hay maltrato para los animales y que, por tanto, «deben irse eliminando con el tiempo», dejo a salvo esos espectáculos, pero con algunas restricciones.
La Corte constató que las actividades incluidas en la disposición demandada constituyen casos de maltrato animal, lo que implica desconocer el deber de protección de los recursos naturales.
Consideró que en la práctica de actividades de entretenimiento y de expresión cultural con animales debe entenderse que éstos deben recibir protección especial contra el sufrimiento y el dolor, y siempre  y cuando se morigeren las conductas especialmente crueles; que sólo podrán desarrollarse en aquellos municipios en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida y en las ocasiones autorizadas; y que no podrán destinarse dineros públicos a la construcción de instalaciones para la realización de estas actividades.

Vea texto íntegro de la sentencia.

RELACIONADO
* Cataluña prohíbe los toros…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *