Diario Constitucional

Primera Sala.

TC deberá resolver si acoge a trámite requerimiento de inconstitucionalidad que se dirige en contra una Resolución Administrativa de la Corte Suprema a la cual se le atribuye naturaleza de Auto Acordado.

La Primera Sala del TC deberá pronunciarse si acoge a trámite un requerimiento de inconstitucionalidad que se dirige en contra del acuerdo 5º de un Auto Acordado plasmado en la Resolución Administrativa A/D Nº17.137, de 14 de Octubre de 2002, dictado por la Corte Suprema. La gestión pendiente invocada está constituida por un proceso que…

Por Redacción·04 de octubre de 2010·2 min de lectura
TC deberá resolver si acoge a trámite requerimiento de inconstitucionalidad que se dirige en contra una Resolución Administrativa de la Corte Suprema a la cual se le atribuye naturaleza de Auto Acordado.
Referencial

La Primera Sala del TC deberá pronunciarse si acoge a trámite un requerimiento de inconstitucionalidad que se dirige en contra del acuerdo 5º de un Auto Acordado plasmado en la Resolución Administrativa A/D Nº17.137, de 14 de Octubre de 2002, dictado por la Corte Suprema.

La gestión pendiente invocada está constituida por un proceso que se tramita por un Ministro de Fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, actualmente en etapa de plenario, y que se refiere a la causa conocida como “Episodio Coelemu”, en el cual se investiga un delito de secuestro acaecido en Penco, Concepción, el 18 de septiembre de 1973.

El requirente expone, en síntesis, que tiene la calidad de acusado en el proceso individualizado; que el Ministro de Fuero rechazo el incidente de previo y especial pronunciamiento de incompetencia del Tribunal; y que el acuerdo 5º del Auto Acordado aprobado por la citada Resolución Administrativa A/D Nº17.137 contraviene la regulación contenida en los artículos 157 y 159 del Código Orgánico de Tribunales.

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