Diario Constitucional

Será conocido por el Tribunal Pleno.

TC declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley sobre Acceso a la Información Pública que obligaría a empresas del Estado a informar remuneraciones de gerentes.

Interpuesto por Televisión Nacional de Chile (TVN), por el cual dicha empresa autónoma del Estado impugna los artículos décimo, letra h), de la Ley sobre Acceso a la Información Pública y 33, letra b), de la Ley de Transparencia, ambas contenidas en Ley Nº20.285.

Por Redacción·29 de septiembre de 2010·1 min de lectura
TC declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley sobre Acceso a la Información Pública que obligaría a empresas del Estado a informar remuneraciones de gerentes.
Referencial

La Primera Sala del TC, integrada por los Ministros Vodanovic, Bertelsen, Fernández Fredes y Aróstica, declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por Televisión Nacional de Chile (TVN), por el cual dicha empresa autónoma del Estado impugna los artículos décimo, letra h), de la Ley sobre Acceso a la Información Pública y 33, letra b), de la Ley de Transparencia, ambas contenidas en Ley Nº20.285.

La primera disposición objetada dispone que el principio de transparencia de la función pública establecido en el artículo 8º de la Constitución es aplicable a las empresas públicas creadas por ley y que éstas deben mantener a disposición del público, en sus páginas web, una serie de antecedentes, entre otros, informar las remuneraciones de sus gerentes.

Por su parte, el artículo 33, letra b), se refiere a la facultad del Consejo para la Transparencia de resolver sobre los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados.

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