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Busca evitar conductas demagógicas.

Iniciativa legal propone establecer una nueva conducta que contraviene el principio de probidad administrativa.

El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad, que la reforma de 2005 elevó a rango constitucional.La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, entiende al principio de probidad como aquel que “consiste en observar una conducta funcionaria intachable […]

22 de diciembre de 2010

El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad, que la reforma de 2005 elevó a rango constitucional.
La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, entiende al principio de probidad como aquel que “consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”. El interés general exige el empleo de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control para concretar, dentro del orden jurídico, una gestión eficiente y eficaz, lo que se expresa en el recto y correcto ejercicio del poder público por parte de las autoridades administrativas.
La moción de los Diputados Araya, Calderón, Delmastro, Farías, Isasi, Marinovic, Meza, Rivas, Sepúlveda y Velásquez, observa que muchas veces, a pesar del principio de probidad y de sus normas concretas, existen autoridades y funcionarios que “pueden incurrir en conductas demagógicas” lo que “no constituye en modo alguno un desempeño honesto y leal de la función o cargo que cumplen u ostentan”.
Para evitar que continúen ocurriendo ese tipo de situaciones, proponen modificar el artículo 62 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, a fin de ampliar la enumeración de las conductas que contravienen el principio de probidad administrativa, agregando la causal de “Efectuar promesas, mediante anuncios públicos, que así sean acreditados, de la concreción de metas u objetivos, a sabiendas que no podrán cumplirse”.

Vea texto íntegro de la moción.

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