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Control obligatorio.

TC declaró constitucional proyecto de ley que modifica la Ley Nº 19.882, en materia de dedicación exclusiva respecto de cargos de Subdirector Médico.

La Presidente de la Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley Nº 19.882, en materia de dedicación exclusiva respecto de cargos de Subdirector Médico, para que se pronuncie, en control preventivo y obligatorio, sobre la constitucionalidad de su artículo 1º. Luego de transcribir […]

22 de enero de 2011

La Presidente de la Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley Nº 19.882, en materia de dedicación exclusiva respecto de cargos de Subdirector Médico, para que se pronuncie, en control preventivo y obligatorio, sobre la constitucionalidad de su artículo 1º.
Luego de transcribir el inciso primero del artículo 38 de la Constitución, junto a la norma objeto del control, la Magistratura Constitucional resolvió que el nuevo inciso tercero que se incorpora al artículo sexagésimo sexto de la Ley Nº 19.882, reforma el mismo precepto que ya fue calificado como propio de ley orgánica constitucional, por alterar el régimen que establece el artículo 56 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, como lo decidió mediante sentencias roles Nºs 366 y 375,  motivo por el cual cabe emitir pronunciamiento a su respecto. Pero no así sobre el nuevo inciso segundo que la iniciativa legal agrega al mismo artículo, al no regular materias que la Constitución expresamente califica como de ley orgánica constitucional.
Después de verificar que el nuevo inciso tercero que se incorpora a la citada disposición fue aprobado en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por la Carta Fundamental y que no se suscitó a su respecto cuestión de constitucionalidad, resolvió que no es contrario a la Constitución.

 

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