Segunda sala.
TC admitió a trámite acción de inaplicabilidad que impugna norma que establece que no procede recurso contra sentencias dictadas en procedimiento ante Juzgados de Policía Local por cancelación de licencias de conductor.
Cabe señalar que requerimientos análogos, donde se impugna la misma disposición y por iguales fundamentos, se encuentran incluidos entre las causas en estado de tabla para ser vistos próximamente por el Pleno de Tribunal Constitucional.

La disposición impugnada -que forma parte del Titulo IV de ese cuerpo legal y que trata del procedimiento de cancelación y suspensión de la licencia de conductor por acumulación de anotaciones de infracciones-, señala que “No procederá recurso alguno contra las sentencias y demás resoluciones que se dicten en este procedimiento”.
El requirente aduce que, de aplicarse en definitiva el citado precepto legal en la gestión pendiente que invoca -un recurso de hecho que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago y que incide en una causa sustanciada ante el Juzgado de Policía Local de Vitacura por acumulación de infracciones de tránsito-, se producirán en ella resultados contrarios a diversas garantías constitucionales, pues en la misma se dictó sentencia y la apelación interpuesta fue declara inadmisible por el Juez de Policía Local, precisamente, en virtud de la disposición objetada.
Cabe señalar que requerimientos análogos, donde se impugna la misma disposición y por iguales fundamentos, se encuentran incluidos entre las causas en estado de tabla para ser vistos próximamente por el Pleno de Tribunal Constitucional (Roles Nºs 1555 y 1804)
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