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Fue remitido al Presidente de la República.

Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que extiende franquicias aduaneras para actividades que se realicen en Arica.

Cabe recordar que el artículo 28 del D.F.L N° 341, de 1977, sobre Zonas Francas, establece una franquicia tributaria a las mercancías elaboradas por empresas manufactureras instaladas en Arica, acogidas al régimen de zona franca, eximiéndolas de los derechos, tasas y gravámenes aduaneros aplicados a la importación de dichas mercancías en el resto del país.

28 de abril de 2011

La no discriminación arbitraria en el trato que debe dar el Estado y sus organismos en materia económica no obsta –como lo autoriza el artículo 19 N° 22 de la Carta Fundamental- para que el legislador pueda otorgar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras.
En esa línea se inscribe el proyecto de ley, iniciado por mensaje, que amplía el plazo de las franquicias contenidas en el artículo 28 del D.F.L. 341, de 1977, y en el artículo 35 de la Ley N° 19.420, que conceden exenciones aduaneras a las firmas industriales instaladas en Arica.
Cabe recordar que el artículo 28 del D.F.L N° 341, de 1977, sobre Zonas Francas, establece una franquicia tributaria a las mercancías elaboradas por empresas manufactureras instaladas en Arica, acogidas al régimen de zona franca, eximiéndolas de los derechos, tasas y gravámenes aduaneros aplicados a la importación de dichas mercancías en el resto del país. De esta manera, las empresas que deseen acceder a esta franquicia deben desarrollar actividades orientadas a la producción de bienes que tengan una individualidad diferente de las materias primas, partes o piezas extranjeras usadas en su elaboración, o que en su proceso generen una transformación irreversible de éstas.
A su vez, el artículo 35 de la Ley N° 19.420, que establece incentivos para el desarrollo económico de las provincias de Arica y Parinacota –conocida como “Ley Arica”-, estableció franquicias de similares características.
Las franquicias señaladas anteriormente -artículo 28 del D.F.L N° 341 y artículo 35 de la Ley N° 19.420- expiraron el 31 de diciembre del año pasado y, en virtud de ello, el Ejecutivo propuso extender su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2011.
El proyecto de ley había sido aprobado en los mismos términos propuestos por el Ejecutivo por Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, pero el Senado amplió el plazo de vigencia de la franquicia hasta el 31 de diciembre del año 2012.
Con la aprobación que hizo la Cámara de Diputados del texto despachado por el Senado, la iniciativa fue remitida al Presidente de la República para que resuelva acerca de si formulara observaciones o la promulgara.

 

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