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Primera sala.

TC no admitió a trámite y declaró derechamente inadmisible acción de inaplicabilidad que impugna normas del Código Civil referida a las pericias biológicas para establecer la paternidad.

«no basta, como ocurre en el requerimiento, con que se afirme que la aplicación de las reglas de procedimiento establecidas por el artículo 1º de la Ley Nº 20.030 afectan el derecho a la defensa, y se omita exponer en el mismo libelo, de la manera es que exigido, la forma en que aquella normativa legal, en su aplicación concreta al juicio de reclamación de paternidad que se sigue en su contra, podría producir un efecto contrario al aludido derecho».

7 de mayo de 2011

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 1º de la Ley Nº 20.030 (D.O., 5  julio 2005) que, según expresa el requirente, deroga, y en otra parte reemplaza, el todo o parte de los artículos 188, 196 y 199 e introdujo el artículo 199 bis, todas disposiciones del Código Civil.
El requerimiento incide en el juicio ordinario de reclamación de paternidad seguido ante un Juzgado de Familia de Santiago.
La Sala designada por el Presidente del TC resolvió que logró convicción en cuanto a que el requerimiento no puede prosperar, por lo que es impertinente acogerlo a tramitación en forma previa a su examen de admisibilidad.
Lo anterior porque la acción en examen no satisface la exigencia constitucional de contener una impugnación fundada razonablemente, exigencia que supone una condición que implica -como requisito básico- la aptitud del o de los preceptos legales objetados para contrariar, en su aplicación al caso concreto, la Constitución, lo que debe ser expuesto circunstanciadamente explicándose de qué forma se produce la contradicción entre las normas, sustentada adecuada y lógicamente. (Roles Nºs 482, 483, 484, 485, 490, 491, 492 y 494).
El fallo agrega que no basta, como ocurre en el requerimiento, con que se afirme que la aplicación de las reglas de procedimiento establecidas por el artículo 1º de la Ley Nº 20.030 afectan el derecho a la defensa, y se omita exponer en el mismo libelo, de la manera es que exigido, la forma en que aquella normativa legal, en su aplicación concreta al juicio de reclamación de paternidad que se sigue en su contra, podría producir un efecto contrario al aludido derecho.
Luego señala que en el Rol Nº 834 el Tribunal se pronunció rechazando un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto en contra de los preceptos que fueron derogados, modificados e incorporados al Código Civil por el mencionado artículo 1º de la Ley Nº 20.030, impugnado en estos autos, y los razonamientos de dicho fallo tampoco han sido referidos en la acción constitucional que se examina y ello ciertamente constituye una circunstancia que acentúa el defecto observado a su respecto.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 1947.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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