A petición de la ANEF.
Contraloría dictaminó que organismos públicos no pueden solicitar a sus funcionarios información sobre militancia política.
“corresponden a una materia comprendida dentro del campo de aplicación de derechos individuales en cuyo ejercicio aquella autoridad no puede interferir, directa o indirectamente, mediante el uso de las atribuciones que las leyes les confieren respecto de los funcionarios públicos”.

Se solicitó pronunciamiento a la Contraloría General de la República para que precise sobre la facultad de que la Intendencia de la Región de Atacama haya solicitado información acerca de la militancia política, pertenencia o calidad de dirigentes de algún gremio o sindicato, de los funcionarios de las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales.
La Intendenta de la III Región informó que a consecuencia de los hechos apuntados, se presentó una acusación constitucional, la cual fue tenida por no interpuesta por la Cámara de Diputados; agregando que la referida solicitud de información no produjo efectos, por cuanto fue revocada por la autoridad que la emitió.
En su pronunciamiento la Contraloría expuso que no procede emitir un pronunciamiento –en particular- sobre la solicitud de información, atendida la revocación de que fue objeto tal acto administrativo.
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