Noticias

Cambio de jurisprudencia.

CS acogió acción de protección por término anticipado de contrata de funcionario de Gendarmería.

El recurrente razona que ha mantenido buenas calificaciones durante su historia laboral en el organismo público y que la resolución impugnada carece de fundamentación toda vez que no contempla circunstancias objetivas que pudieran justificar la medida, lo que vulnera su derecho a la integridad física y psíquica, a la igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

23 de septiembre de 2011

Se dedujo recurso apelación en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había desestimado un recurso de protección en contra de una resolución de Gendarmería de Chile que puso fin a la contrata de un funcionario por razones de buen servicio.
El recurrente razona que ha mantenido buenas calificaciones durante su historia laboral en el organismo público y que la resolución impugnada carece de fundamentación toda vez que no contempla circunstancias objetivas que pudieran justificar la medida, lo que vulnera su derecho a la integridad física y psíquica, a la igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.
En su informe, el recurrido alega que la resolución se adoptó sobre la base de los antecedentes de derecho disponibles, en particular el artículo 10 del Estatuto Administrativo, y la Ley N° 19.851, que moderniza la gestión y modifica las plantas de personal de Gendarmería de Chile.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el arbitrio constitucional, pero la Corte Suprema revocó la sentencia.
La sentencia concluyó que “la resolución cuestionada omite precisar las razones fácticas que conducen a prescindir de los servicios del actor, sin que la expresión ‘razones de buen servicio’ sea suficiente para poner fin a una relación que se prolongaba por más de tres años y a la que además se había decidido prorrogar hasta el 31 de diciembre del año en curso”, por lo que se incumple el mandato del artículo 11 de la Ley de Bases de Procedimientos Administrativos, que exige consignar los hechos y fundamentos de derecho que sustentan el acto administrativo respectivo. Lo anterior contraría el principio constitucional de igualdad ante la ley, por cuanto se ha discriminado arbitrariamente al actor en comparación con otros funcionarios de la repartición.

Vea texto íntegro de la sentencia Rol N° 7588-2011.

RELACIONADOS
* CS revocó sentencia de Corte de Santiago que acogió acción de protección interpuesta en contra del MINVU por término anticipado de contrata…
* CS confirmó sentencia de la Corte de Santiago que desestimó acción de protección…

* CS rechazó acción de protección interpuesta por término anticipado de contratas de funcionarios del…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *