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Modifica Código del Trabajo.

Diputado propone contemplar el pago de indemnización por años de servicio en los casos que se ponga fin a la relación laboral, por muerte del trabajador, mutuo acuerdo o renuncia voluntaria.

La moción del diputado Gaspar Rivas, expone que el pago de una indemnización por los años de servicios prestados -“mes por año”- procede cuando el trabajador es desvinculado de su empleo por decisión del empleador, y tiene como fundamento el reconocimiento que se le hace al trabajador por el tiempo que ha completado prestando servicios […]

14 de octubre de 2011

La moción del diputado Gaspar Rivas, expone que el pago de una indemnización por los años de servicios prestados -“mes por año”- procede cuando el trabajador es desvinculado de su empleo por decisión del empleador, y tiene como fundamento el reconocimiento que se le hace al trabajador por el tiempo que ha completado prestando servicios a un mismo, o, en su caso, a más de un empleador. Se busca con ello que el trabajador, cualquiera sea la naturaleza de su labor, goce de una merecida retribución que reconozca su labor de varios años y que se vea al menos temporariamente protegido contra las inclemencias de la cesantía.

Observa luego que nuestro sistema legal no contempla este beneficio, para el caso en que a la relación laboral se le diere término en virtud del mutuo acuerdo de las partes, de la renuncia voluntaria del trabajador o de la muerte de éste, todas las cuales son causales de término legítimo del contrato de trabajo. Es evidente que esta discriminación entre éstas y otras formas de terminar el vínculo laboral resulta seriamente perjudicial para el trabajador y no presenta, en muchísimos casos, una razón de justicia.

A fin de subsanar tal situación propone incorporar al artículo 159 del Código del Trabajo, que en el caso de contratos indefinidos vigentes dos o más años y que terminen por renuncia o muerte del trabajador o por acuerdo de ambas partes, el trabajador o sus herederos, tengan derecho a la indemnización establecida en el mismo texto legal.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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