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Modifica Código de Justicia Militar.

Diputados proponen limitar competencia de los Tribunales Militares para conocer delitos cometidos por funcionarios de la policía.

La moción de los diputados Alinco, Andrade, Carmona, De Urresti, Díaz, Gutiérrez, Jaramillo, Pascal, Robles y Teillier, expone que la Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, señala que las Fuerzas de Orden y Seguridad […]

24 de octubre de 2011

La moción de los diputados Alinco, Andrade, Carmona, De Urresti, Díaz, Gutiérrez, Jaramillo, Pascal, Robles y Teillier, expone que la Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, señala que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dependerán de este Ministerio y se regirán por sus respectivas leyes orgánicas, lo que a su vez se encuentra también consagrado en el inciso segundo del artículo 101 de nuestra Carta Fundamental.

Observa luego que de las normas citadas se concluye que el cuerpo de Carabineros en su actividad de resguardo de la seguridad pública, se enmarca dentro de la competencia de la justicia ordinaria y no militar. Añaden que la Ley N°20.477, que modificó la competencia de los tribunales militares, excluyó la posibilidad de que los civiles sean juzgados por estos tribunales, pero no modificó en cuanto a que los militares que hayan cometido delitos comunes, puedan ser juzgados por la justicia ordinaria. En este sentido, actualmente los delitos cometidos por Carabineros en actos del servicio, son de competencia de la justicia militar, especialmente el delito de violencias innecesarias, establecido en el artículo 330 del Código de Justicia Militar.

Los autores estiman que en los casos de muerte de civiles producto de enfrentamientos con funcionarios policiales, a estos últimos se le han aplicado penas ínfimas, y de manera contraria, a los civiles que si han tenido responsabilidad, se les ha aplicado injustificadamente altas penas, quedando en evidencia que la justicia militar carece de la imparcialidad necesaria. 

Con el objeto de subsanar tal situación y terminar con esa “arbitrariedad”, proponen limitar la competencia a los tribunales de justicia militar para conocer de los delitos cometidos por Carabineros en actos del servicio o con ocasión de él.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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* Fue publicada la ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención del Consumo y Tráfico de Drogas…

* Fue publicada en el Diario Oficial la ley que modifica la competencia de los tribunales militares…

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