Noticias

Bono Post-Laboral.

Ejecutivo ingresa a trámite legislativo proyecto de ley que establece mejoras en las condiciones de retiro de funcionarios públicos.

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que desde la entrada en vigencia de la Ley N° 20.305, que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público, muchas personas han quedado excluidas de los beneficios por “cuestiones de orden administrativo, por interpretaciones erróneas de la ley y por las complejidades que […]

29 de noviembre de 2011

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que desde la entrada en vigencia de la Ley N° 20.305, que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público, muchas personas han quedado excluidas de los beneficios por “cuestiones de orden administrativo, por interpretaciones erróneas de la ley y por las complejidades que su aplicación ha dejado de manifiesto”.

Cabe destacar que la iniciativa nace con la solicitud que realizaron algunos parlamentarios, luego del dictamen N° 64.151 de la Contraloría General de la República, que sostuvo de manera categórica, que “el personal que cesó en sus servicios con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 20.305, por acogerse a pensión de invalidez, no tiene derecho al beneficio que ella contempla”, lo que provocó que funcionarios que jubilaron por invalidez entre el año 2003 y 2008 quedaran sin el beneficio y otros que ya lo recibían se los suspendieran. Con los antecedentes otorgados por el Servicio de Tesorería, se pudo obtener información de las personas que se vieron afectadas por el rechazo o suspensión en el pago del bono post laboral.

El proyecto tiene por objeto corregir algunas deficiencias en la aplicación de la citada Ley, específicamente respecto de la fecha en el pago del beneficio por parte de la Tesorería. El bono es de por vida y tiene naturaleza laboral, asciende a $50.000 mensuales y puede ser exigido por quienes jubilaron después de diciembre del año 2008, mes en que entró en vigencia la ley.

Con el fin de llenar vacíos que la ley presenta, el mensaje incorpora un artículo que establece la responsabilidad administrativa del Jefe superior del Servicio, que no efectúe o efectúe extemporáneamente las gestiones necesarias para que el solicitante acceda a los beneficios de la Ley N° 20.305. Asimismo, establece normas especiales que permiten a las personas afectadas en la suspensión del bono, volver a percibirlos y a las personas  que obtuvieron una pensión de invalidez del decreto Ley N° 3.500, de 1980, y que por diversos motivos no pudieron postular al pago del bono, dentro del plazo que señalaba la ley, solicitar el pago del bono a contar de esta fecha; entre otras modificaciones que el mensaje consulta. 

 

Vea texto íntegro del mensaje y tramitación.

 

RELACIONADOS 

* CS revocó sentencia de la Corte de Rancagua que rechazó acción de protección en contra de Tesorería Regional que negó el pago de un bono de naturaleza laboral…

* CS revocó sentencia de la Corte de Concepción que rechazó acción de protección en contra de Tesorería Regional…

* Cámara de Diputados emplaza al Ejecutivo a solucionar situación de ex funcionarios públicos a quienes se suspendió el “Bono Post Laboral”…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *