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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse acerca de la constitucionalidad del proyecto de ley que regulariza construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social.

La Cámara de Diputados remitió al Tribunal Constitucional el proyecto de ley que regulariza construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social. El proyecto de ley, iniciado por mensaje en mayo de 2009, recogió una moción -declarada inadmisible- de los diputados Burgos, Montes, Duarte, Espinoza, Insunza, Leal, Monsalve y Schilling. El mensaje expuso […]

12 de diciembre de 2011

La Cámara de Diputados remitió al Tribunal Constitucional el proyecto de ley que regulariza construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social.

El proyecto de ley, iniciado por mensaje en mayo de 2009, recogió una moción -declarada inadmisible- de los diputados Burgos, Montes, Duarte, Espinoza, Insunza, Leal, Monsalve y Schilling.

El mensaje expuso que  “un alto porcentaje de edificaciones y ampliaciones de éstas que se ejecutan sin obtener los permisos correspondientes de la Dirección de Obras Municipales”, lo cual “afecta no sólo la capacidad de los microempresarios y las organizaciones comunitarias para desarrollar sus actividades, sino que podría afectar la seguridad de las personas que dan uso a estas edificaciones”, además de impedir acceder a su recepción final, motivo por el cual “el propósito fundamental del presente proyecto de ley es autorizar en forma excepcional y por una sola vez mediante un procedimiento administrativo simplificado, la regularización definitiva de ampliaciones o edificaciones que alberguen las actividades microempresariales a que se refiere la iniciativa legal que se propone”.

La iniciativa flexibiliza la regularización de obras y facilita los procedimientos administrativos para acceder  a la recepción final de ampliaciones de inmuebles, en la medida que se refieran a actividades productivas de microempresas y a equipamiento de organizaciones sociales.

El Tribunal Constitucional deberá pronunciarse acerca del inciso final de su artículo 4º  y del inciso primero de su artículo 5º, en la medida que inciden en atribuciones de los municipios.

 

Vea texto íntegro del proyecto de ley y del expediente.

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