Diario Constitucional

Para un adecuado funcionamiento.

Proyecto de acuerdo propone adecuar las enmiendas a la Organización Internacional para las Migraciones.

El proyecto de acuerdo, iniciado por mensaje, expone que en el año 1954, Chile ingresó a ser parte del "Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas (CIME)", que a través del Decreto Supremo N° 417, se determinó que nuestro país realizaría aportes económicos para la sustentabilidad del organismo. Posteriormente y producto de las grandes migraciones que…

Por Redacción·02 de mayo de 2012·2 min de lectura
Proyecto de acuerdo propone adecuar las enmiendas a la Organización Internacional para las Migraciones.
Referencial

El proyecto de acuerdo, iniciado por mensaje, expone que en el año 1954, Chile ingresó a ser parte del “Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas (CIME)”, que a través del Decreto Supremo N° 417, se determinó que nuestro país realizaría aportes económicos para la sustentabilidad del organismo. Posteriormente y producto de las grandes migraciones que se realizaron en Europa y en otros países durante la década de los 80, fue necesario ampliar las atribuciones del Comité y pasó a denominarse “Organización Internacional para las Migraciones (OIM)”.

Observa luego que el organismo con el apoyo de sus países miembros y otras organizaciones no gubernamentales, tiene por principal objetivo, promover “una gestión ordenada y humana de la migración internacional y la cooperación internacional sobre cuestiones migratorias; colaborar en encontrar soluciones prácticas a los problemas migratorios; y ofrecer asistencia humanitaria a los migrantes que lo necesitan, ya se trate de refugiados, personas desplazadas o desarraigadas”.

En este sentido, con el objeto de adecuar la Constitución de la OIM, a las actuales circunstancias internacionales en esta materia, fue necesario enmendar su contenido en el año 1998, específicamente en lo relacionado al “reforzamiento de la estructura administrativa; racionalizar el proceso de toma de decisiones, así como facultar al Consejo para restringir el derecho al voto de los miembros que se encuentren atrasados en sus cuotas financieras con la Organización”.

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