El daño no fue imputable a negligencia médica.
CS desestima recursos de casación en la forma y en el fondo contra sentencia que no hizo lugar a demanda de indemnización de perjuicios.
Se dedujo recurso de casación en el fondo respecto de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción que, revocando la de primera instancia, rechazó una demanda de indemnización de perjuicios deducida contra el Servicio de Salud de Concepción. El recurso de nulidad formal se fundó en, en un primer capítulo, en la…

Se dedujo recurso de casación en el fondo respecto de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción que, revocando la de primera instancia, rechazó una demanda de indemnización de perjuicios deducida contra el Servicio de Salud de Concepción.
El recurso de nulidad formal se fundó en, en un primer capítulo, en la falta de consideraciones de hecho y de derecho de la sentencia del tribunal de alzada. En un segundo término, invocó la existencia de decisiones contradictorias.
A su turno, el arbitrio de nulidad sustancial denunció, en primer término, la vulneración de las normas reguladoras de la prueba, por cuanto se exigiría a su parte determinar en qué consiste la falta de servicio, a pesar del evidente daño sufrido por su parte. En segundo término, se denunció la infracción del artículo 4° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, por cuanto a pesar del daño sufrido no se condena al Servicio de Salud a efectuar la reparación correspondiente. Finalmente, estimó infringidas las disposiciones de los artículos 2314 y 2329 del Código Civil en cuanto se imponen exigencia no establecidas en dichas normas para la procedencia de la responsabilidad extracontractual.
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