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Para evitar impunidad.

Diputados proponen establecer la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública.

La moción de los diputados Accorsi, Aguiló, Ascencio, Espinoza, Jiménez, Pacheco, Pascal, Teillier y Zalaquett, expresa que si bien nuestro sistema establece la “prescriptibilidad de los delitos tanto de la acción penal como de la pena”, fundando en la “seguridad jurídica”, existen casos en que se admite la imprescriptibilidad como por ejemplo tratándose de crímenes […]

25 de mayo de 2012

La moción de los diputados Accorsi, Aguiló, Ascencio, Espinoza, Jiménez, Pacheco, Pascal, Teillier y Zalaquett, expresa que si bien nuestro sistema establece la “prescriptibilidad de los delitos tanto de la acción penal como de la pena”, fundando en la “seguridad jurídica”, existen casos en que se admite la imprescriptibilidad como por ejemplo tratándose de crímenes de lesa humanidad y crímenes y delitos de guerra.

Observa luego que tratándose de los delitos contra la administración pública, cuando se cometen durante el ejercicio de una función pública, la posición del sujeto activo puede favorecer condiciones que permiten dificultar el ejercicio de la acción o denuncia de los hechos delictivos que pudieran tener lugar.

Con el objeto de “evitar la impunidad” de los hechos delictivos descritos, proponen introducir un nuevo artículo 97 bis del Código Penal, de manera tal que se establezca la imprescriptibilidad de la acción y de la pena de los delitos a que se refieren los párrafos 5 y 6 del Título V de ese Código, esto es, los dirigidos contra la administración pública.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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