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Ámbito contractual.

CS revocó sentencia de Corte de Aysén y rechazó acción de protección contra decisión de cobro de boleta de garantía por terminación de contrato de construcción.

«lo pretendido por el actor escapa del ámbito de la acción de protección, toda vez que no se encuentran demostrados en el caso sublite los supuestos de procedencia de la acción de protección al existir un diferendo sobre la interpretación y aplicación del contrato de construcción, que debe ser resuelto en sede de lato conocimiento».

15 de junio de 2012

Se dedujo acción de protección por parte de una empresa constructora en contra de la Municipalidad de Aysén, a fin de dejar sin efecto el cobro de una boleta de garantía, mientras se resuelve en sede civil acerca del cumplimiento de un contrato de construcción.
La recurrida y el Servicio de Vivienda y Urbanismo de Aysén informaron que la obra pública no se ha ejecutado en los términos concordados, lo que autoriza poner término al contrato.
La Corte de Apelaciones de Aysén acogió el arbitrio constitucional, pero la Corte Suprema revocó dicha decisión.
En su sentencia, el máximo tribunal estimó que lo pretendido por el actor escapa del ámbito de la acción de protección, toda vez que no se encuentran demostrados en el caso sublite los supuestos de procedencia de la acción de protección al existir un diferendo sobre la interpretación y aplicación del contrato de construcción, que debe ser resuelto en sede de lato conocimiento.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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