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Segunda sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma examen de admisibilidad del recurso de casación

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo del artículo 782 del Código de Procedimiento Civil,La gestión judicial invocada incide en un recurso de casación interpuesto en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó un recurso de reclamación en contra de una resolución de la Dirección General de […]

24 de julio de 2012

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo del artículo 782 del Código de Procedimiento Civil,
La gestión judicial invocada incide en un recurso de casación interpuesto en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó un recurso de reclamación en contra de una resolución de la Dirección General de Aguas. Cabe mencionar que el recurso de casación fue declarado inadmisible por la Corte Suprema  y los recurrentes formularon un incidente de nulidad.
El requirente estima que, de aplicarse el precepto legal impugnado, se vulneran sus garantías constitucionales, en particular sus derechos al debido proceso, a la igual protección en el ejercicio de sus derechos, a la defensa, al racional y justo procedimiento.
La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N°2268.

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